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El pasado martes en audiencia en la Sala Constitucional Primera de Chuquisaca, los vocales resolvieron otorgar la tutela de la acción popular al presidente de la comisión de Hidrocarburos de la Asamblea Legislativa Departamental de Chuquisaca (ALDCH) y suspendió la aplicación del factor de distribución para el pago de regalías a Tarija y Chuquisaca por el campo compartido Margarita-Huacaya hasta que se cuente con un nuevo estudio del factor de distribución.
Esta decisión fue calificada por autoridades del departamento de Tarija como parcializada y que vulneraría la Constitución Política del Estado (CPE).
El secretario de Gestión Institucional del Gobierno Autónomo Regional del Gran Chaco, Miguel Salazar informó a El Andaluz que ayer miércoles presentaron en la ciudad de Sucre un recurso de enmienda, complementación y aclaración a la resolución de tutela de la acción popular, porque consideran que se vulneró derechos de la Región Autónoma al no considerarlos como tercer interesado en la audiencia de la acción popular.
Mencionó que el Gobierno Regional conformó un equipo técnico jurídico y se apersonaron ante la Sala Constitucional Primera en la ciudad de Sucre.
Remarcó que ayer se presentó un recursó por la resolución de la acción popular.
Salazar reiteró que pese a los trámites realizados y al apersonamiento del Gobierno Regional no fueron tomados en cuenta por los vocales de la Sala Constitucional como terceros interesados.
“Pese a todos los trámites y al apersonamiento los vocales no nos han considerados como terceros interesados (…) han vulnerado la autonomía regional”, expresó la autoridad chaqueña.
Para el secretario de Gestión Institucional se cometieron una serie de anomalías y “aberraciones jurídicas” por parte de los vocales de la Sala Constitucional al dar la tutela de la acción popular a Chuquisaca.
Considera que no se tiene ningún elemento de prueba para que se tomará esa decisión, no se demostró que los accionantes de la acción popular fueron vulnerados en alguno de sus derechos, no se presentaron elementos de prueba, ni de vulneración por parte e la autoridad accionada, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), para decidir suspender el factor de distribución para el pago de regalías a Tarija y Chuquisaca por el campo Margarita-Huacaya.
Recordó que el nuevo estudio del factor de distribución recién se entregará a YPFB a principios de septiembre.
“Parecería que los vocales de la Sala Constitucional tienen una bola de cristal que adivinan el futuro, que el nuevo factor de distribución va a ser favorable a Chuquisaca”, apuntó.
Miguel Salazar dijo que llama la atención la resolución de la Sala Constitucional que concede la tutela al accionante y dijo que vulnera el artículo 123 de la Constitución Política del Estado (CPE) sobre la aplicación de la retroactividad, de un estudio incierto, que todavía se desconocen sus resultados y que recién serán entregados a la estatal petrolera.
Con la suspensión del factor de distribución se establece que se aplicará el nuevo estudio del factor de distribución para el pago de regalías desde junio, es decir de forma retroactiva.
En ese entendido, dijo que ese tipo de “aberraciones jurídicas” afectan los intereses del Chaco y de todo el departamento de Tarija.