FUENTE: EL ANDALUZ.
El abogado Marco Antonio Cardozo informó a El Andaluz que en representación de padres de familia de una unidad educativa de Tarija, que denunciaron que un niño de 12 años cometió agresión sexual en contra de sus hijas, presentó un memorial a la directora de la unidad educativa para recordarle de la normativa del sistema educativa y solicitar que se asuman acciones y sanciones en contra del estudiante denunciado.
Mencionó que niñas de 7 años de segundo de primaria de una unidad educativa de la red Fe y Alegría fueron víctimas de violencia entre pares en el ámbito de género.
El menor de 12 años denunciado, según las denuncias habría realizado toques en partes íntimas de las niñas en la unidad educativa.
El primer caso se habría registrado en abril pasado, otro en mayo y el último en octubre de este año, en este último se denunció que del hecho participaron también otros dos niños y que habrían despojado de la ropa a la niña al interior de un aula del establecimiento.
Cardozo dijo que los menores denunciados tienen 12 años, por lo tanto sin inimputables y considera que no tenía ningún sentido la acción planteada desde la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de un proceso penal, cuando era previsible que dicho caso se iba a rechazar por parte del Ministerio Público, por lo anteriormente mencionado.
Explicó que el reclamo de los padres de familia, apuntan a la directora de la unidad educativa que hasta la fecha no consolidó acciones formales sobre lo ocurrido y que están previstas en la normativa del sistema educativo del país.
Mencionó la resolución del Ministerio de Educación 162/2001 sobre la Reglamentación´´on de Administración y Funcionamiento para Unidades Educativas de los niveles Inicial, Primario y Secundario.
Dijo que en su artículo 21 dispone que en casos comprobados de robo, hurto, agresión física, sexual, oferta y venta de bebidas alcohólicas u otras sustancias contraladas un alumno será expulsado, dando parte de la sanción al Ministerio Público.
La medida será determinada por la directora de la unidad educativa, el consejo de profesores y la junta de padres de familia, informando por escrito a la Dirección Distrital de Educación sobre la decisión.
También mencionó la sentencia constitucional 469/2019-S2 emitida por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
Cardozo explicó que la sentencia indica que la sanción esta prevista y se debe realizar primero un debido proceso, eso se traduce en el proceso sumario que otorgue que ambas partes, tanto la víctima como el denunciado a que de manera oportuna puedan ejercer el derecho a la defensa.
El pasado jueves se prese3ntó el memorial a la directora de la unidad educativa para recordarle sobre la normativa que establece las acciones que se deben realizar ante este tipo de situaciones.
Recordó que con anterioridad se emitió la sentencia constitucional 35/2014-S1 que señala que es viable la aplicación de sanciones en el ámbito educativo y que no afecta el derecho a la educación.
Que ese tipo de sanciones se constituyen en una medida educativa y a la vez constituye un mensaje educativo en caso de que se incumplan, existe una limitación a sus propios derechos con el fin de conducir la conducta de los menores.
“Para que entienda que no esta asumiendo ninguna medida legal y no corre ningún riesgo de ser procesada ni en la via penal, ni administrativa por cumplir con la sentencia, con la resolución ministerial”, expresó sobre el memorial presentado, reiterando que se deben aplicar sanciones.
El abogado dijo que en caso de que la directora no cumpla con la normativa y no se realicen acciones ante las denuncias presentadas, se presentará una acción constitucional de defensa, para pedir la tutela y que se reestablezcan derechos con la remisión de antecedentes ante el Ministerio Público para su procesamiento y ante la instancia administrativa.