Fuente: Opinión.
Las deudoras o deudores de asistencia familiar no podrán casarse. Esta es una de las varias restricciones que marca el proyecto de ley 055 para el Fortalecimiento de Obligaciones de Asistencia Familiar.
La viceministra de Igualdad de Oportunidades, Nadia Cruz, explicó a Urgente.bo que hay falencias o distorsiones respecto al pago de asistencia familiar, por lo tanto, consideró que se debe fortalecer la ejecución del fallo de la asistencia familiar, quitar la carga de responsabilidad a la beneficiaria o beneficiario, eliminar la distorsión de “ahorro” de asistencia familiar y prevenir la violencia.
Para ese fin, el proyecto de ley 055 establece ciertos parámetros o restricciones para quienes no paguen la asistencia para sus hijos. Cruz expuso que el proyecto establece el registro del 100% de fallos sobre asistencia familiar.
Para los mismos, habrá un sistema de monitoreo que estará enlazada a cuentas bancarias. Las mismas darán un reporte mensual sobre el cumplimiento o no de la asistencia familiar.
El reporte será para el juez que lleva el caso, que de oficio y a solicitud de parte, iniciará procesos de liquidación. Luego, con información a disposición, se generará un nuevo registro de deudoras y deudores de asistencia familiar.
En este registro estará la información de todas aquellas personas que no cumplen el fallo judicial.